El falso testimonio es considerado como un delito, se produce cuando una persona miente (falta a la verdad) en sus declaraciones ante la autoridad judicial u otras autoridades. Este delito ha sido considerado como tal desde tiempos muy remotos, prácticamente los orígenes de nuestra civilización, cuando dar fe sobre determinados hechos era una de bases para impartir justicia.
El testimonio de terceros era clave para determinar si algo había ocurrido tal como lo había referido una persona, especialmente porque cuando se afirma algo en interés propio puede resultar conveniente mentir o tergiversar los hechos.
Para garantizar la veracidad de la declaración de los testigos, se imponía el juramento, que en aquella época representaba un deber religioso y cívico. Además, se tenían previstos graves castigos contra quienes daban un falso testimonio.
El antecedente más antiguo del falso testimonio como delito se encuentra en el código de Hammurabi, que establece la pena de muerte para quienes mientan en un proceso capital. Puede decirse además que el falso testimonio ha estado presente desde entonces en todas las legislaciones como por ejemplo en en el derecho romano, en el derecho visigodo, en el derecho medieval y en derecho moderno.
Cómo se configura el delito de falso testimonio
El delito de falso testimonio puede ser cometido de tres formas:
- Afirmando un hecho que es falso: cuando un testigo afirma un hecho distinto a como en realidad ocurrió, señala circunstancias que no se dieron o narra como verdadero un hecho que jamás ocurrió.
- Negando un hecho cierto: ocurre cuando un testigo asegura que no es cierto un hecho o acontecimiento que realmente ocurrió.
- Ocultando total o parcialmente lo que el testigo conoce acerca del hecho por el que se solicita su testimonio; ocurre cuando un testigo oculta total o parcialmente algo que conoce al dar su testimonio ante una autoridad legal. No debe confundirse con negativa a declarar.
El criterio de falsedad de un testimonio no está determinado por la relación entre lo que dice el testigo y la realidad del hecho, sino entre lo que declara el testigo y su conocimiento sobre el hecho. Un testigo que narra un hecho cierto, pero no conocido por él, se considera como falsario, debido a que no se basa en su conocimiento propio.
El delito de falso testimonio en el Código Penal uruguayo
El delito de falso testimonio (ingresa aqui) está estipulado en algunos de los artículos del Código Penal uruguayo:
- El artículo 180 se refiere al falso testimonio como la declaración de un testigo en una causa civil o penal donde se afirme lo falso, se niegue lo verdadero o se oculte toda o una parte de la verdad. La pena para este delito es de 3 meses a 8 años de prisión.
- El artículo 181 establece las circunstancias atenuantes especiales para este delito:
- Que el falso testimonio presentado en un juicio civil o en un juicio criminal no tenga relevancia en el fallo de la causa o sea en favor del reo.
- Que el testigo que dio el falso testimonio se retracte antes de que se dicte la sentencia en primera instancia.
- El artículo 182 establece las circunstancias agravantes especiales para este delito:
- Que el falso testimonio haya sido fundamental para la determinación de una sentencia condenatoria, aunque sea en primera instancia.
- Que el falso testimonio se haya dado para recibir dinero o un provecho cualquiera.